sábado, 23 de julio de 2016

Carlos Karam Quiñones, director del INAPI Sinaloa, cuestionado.

Esta nota fue tomada de: Noroeste. Culiacán. 13 de julio de 2016. P. 2 Local, Palabra de Lector.

¡Vivan  la transparencia y la Innovación!

El INAPI y su  Convocatoria; un verdadero traspié
Antonio Lerma Garay


El 14 de marzo de este año el Instituto de Apoyo a la Investigación e Innovación, dirigido por Carlos Karam Quiñones, lanzó la Convocatoria para Denominar con el Nombre de Un(a) Sinaloense Distinguido(a) al Premio a la Mejor Tesis de Posgrado,  cuyo proceso se ha visto controvertido debido a las inconsistencias en que se ha incurrido por parte del propio INAPI. Leí con atención la carta aparecida en el diario Noroeste del día 13 de julio de este año, signada por la doctora Dina Beltrán López, en la que cuestiona el procedimiento seguido para designar el nombre de la Mejor Tesis de Posgrado, como lo propone este instituto.

Basta con leer la primera línea de la convocatoria para  darse cuenta de una serie de errores en la redacción, que la hacen ver que quien o quienes la redactaron conocen poco el idioma español. El texto puede ser leído en la página oficial del INAPI.  Desde el primer renglón se puede ver que el convocante confunde el género gramatical con el sexo de las personas; algo que puso de moda el señor Vicente Fox Quezada basado, tengo entendido, en su concepto de equidad de género. Este desdoblamiento léxico (ciudadanos –as–) al que constantemente recurre el INAPI en su convocatoria no habla bien de quienes intervinieron en su redacción; si les era tan imprescindible recalcar que se incluye a hombres y mujeres, en vez de ciudadanos(as) pudieron utilizar la palabra ciudadanía. Pero aún hay más, resulta que al convocar a ciudadanos y ciudadanas, el INAPI excluye a un gran porcentaje de la población ya que el artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos: I. Haber cumplido 18 años, y II. Tener un modo honesto de vivir.” Es decir, la convocatoria en cuestión excluye a todos los jóvenes que son menores de edad, muchos de ellos  estudiantes de preparatoria y secundaria.

Ya en las bases del  documento que inicia el proceso que la doctora Dina cuestiona, en el apartado I Objetivos, se señala: “Denominar al Premio a la Mejor Tesis de Posgrado a la memoria de un(a) distinguido(a) sinaloense de excepción, con aportaciones de gran relevancia para la cultura, la ciencia y la formación de recursos humanos.” Sin embargo, en el apartado 1 de Propuestas se establece: “Los(as) participantes deberán proponer a la memoria de un(a) sinaloense destacado(a) en el ámbito científico y tecnológico, su nombre para complementar la denominación actual que lleva el Premio a la Mejor Tesis de Posgrado.” En este nuevo párrafo se excluye a sinaloenses ejemplares en el campo de la formación de recursos humanos y en la cultura; no obstante, se agrega para quedar únicamente a aquellos sinaloenses que han destacado en el “ámbito científico y tecnológico” Es decir, el apartado 1 de propuestas, contradice parcialmente al apartado I de objetivos, ambos de la misma convocatoria.

Pero este tipo de errores no es nuevo en el INAPI. El artículo séptimo del Código de Ética del INAPI, signado por Karam Quiñones el año 2014, se plasmó de esta manera: Para efectos del presente código se entenderá por I. Instituto de Apoyo a la Investigación e Innovación. Es obvio que lo que se pretendió aclarar en dicho precepto es que a lo largo de dicho código al decir “instituto” debe entenderse  “Instituto de Apoyo a la Investigación e Innovación” pero al no hacerse esa aclaración en el artículo séptimo y dado que de ahí en adelante se alude al INAPI (no se refiere a éste ya que no existe esa aclaración preceptual) simplemente como “instituto”, lo que conlleva una serie de imprecisiones en muchos de sus 40 artículos.

Pero, cómo saber si el sinaloense propuesto es o ha sido distinguido. El propio INAPI puso como regla en el apartado II, Propuestas, 6, que para llegar a esta convicción los concursantes deben investigar y desarrollar una semblanza del personaje propuesto. Aquí de nueva cuenta, me parece a todas luces, existe una contradicción en la redacción de esta convocatoria ya que según el diccionario de la lengua española de la Real Academia,  una semblanza es un bosquejo biográfico, lo cual significa una traza primera de cualquier obra intelectual o artística, o una idea vaga y preliminar de algo. No obstante las anteriores definiciones, el INAPI determina que esa semblanza debe tener hasta tres cuartillas de extensión. ¿Puede una semblanza extenderse hasta las tres cuartillas sin dejar de ser eso, una semblanza? Checando miles de biografías en las enciclopedias puede uno darse cuenta de que la gran mayoría de ellas apenas abarcan de una a dos  hojas.

El INAPI nos muestra en su sitio web que en la terna de finalistas de sinaloenses distinguidos se encuentran sólo tres;  el jurista Raúl Cervantes Ahumada, Eustaquio Buelna Pérez y don Juan de Dios Bátiz.  Pero aún así, le concedo la razón a la doctora Dina Beltrán cuando nos dice que lo que ahí se nos muestran son textos tomados de internet, y no como establece la regla 6 de Propuestas del apartado II de la convocatoria, que a la letra dice: “6. La semblanza deberá constar de un texto de tres cuartillas como máximo, y debe ser desarrollada a través de un proceso de investigación y/o argumentación por parte del(a) o los(as) integrante(s) de la propuesta.

¿Esto es innovación, esto es transparencia? La verdad es que dista mucho de ser cualquiera de ellas.

El Colegio de Sinaloa tiene la beca Raúl Cervantes Ahumada en Ciencias Sociales y Humanidades; el nombre de Buelna satura los eventos y actividades culturales a lo largo y ancho del estado; para que figure el nombre de Juan de Dios Bátiz, ¿se tomó en cuenta su marcada xenofobia? Porque no hay que olvidar su papel en la expulsión de los ciudadanos chinos de Sinaloa.

 Y es aquí donde yo me atrevo a preguntar ¿De verdad en Sinaloa sólo estos tres personajes son ejemplares o distinguidos?


Espero que el INAPI, a través de su director Carlos Karam Quiñones, desista de este traspié  y cancele esta Convocatoria para Denominar con el Nombre de Un(a) Sinaloense Distinguido(a) al Premio a la Mejor Tesis de Posgrado,  debido a todas las irregularidades que ha habido en el proceso de selección ésta.


De no ser así, queda a los interesados recurrir a la justicia administrativa para revocar el resultado que pudiera derivarse el cual sería, a todas luces ilegal.  De ser necesario los interesados pueden llevar el asunto hasta sus últimas instancias, ante la justicia federal.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario